1° de mayo es feriado obligatorio e irrenunciable para los trabajadores/as del comercio

  • La Dirección del Trabajo difundió la normativa que otorga feriado obligatorio e irrenunciable a los trabajadores del comercio. Las denuncias de no cumplimiento se pueden realizar en dt.gob.cl o en el teléfono 600 450 4000.

Para realizar una difusión con respecto al derecho laboral de los trabajadores/as del comercio al feriado irrenunciable del día 1 de mayo, en el cual se conmemora el Día del Trabajador, la Dirección del Trabajo se trasladó hasta el Supermercado regional Hiperpatagónico, donde conversó con trabajadores/as y con la prensa.

 

“El día 1 de mayo, es decir, este domingo, es feriado irrenunciable y obligatorio para todos los trabajadores y trabajadoras del sector comercio. Lo que quiere decir que ningún trabajador, que trabaje directamente y venda directamente al público, puede trabajar el día domingo. El descanso para ellos comienza el día sábado 30 de abril a partir de las 21 hrs y termina el día lunes 2 de mayo, a las 6 de la mañana”, afirmó la Directora regional del Trabajo, Victoria Sierra.

 

Con respecto a los locales comerciales que sí pueden atender, la autoridad laboral mencionó: “Hay algunas situaciones que se exceptúan de estos trabajadores, como son aquellas actividades que no se pueden interrumpir, como las farmacias de urgencia, las estaciones de servicio que expenden combustibles, los locales de los aeropuertos, los restaurantes, los clubes, los espectáculos, ellos sí van a poder trabajar ese día. Es importante saber que también existe una ley que es un beneficio para esos trabajadores que están exceptuados de este descanso, porque ellos cada dos años sí tienen que descansar. Es decir, si un trabajador de la farmacia, trabajó el 1 de mayo del año 2021 y está trabajando en esa misma farmacia, este 1 de mayo del 2022, tiene derecho a descansar por esa ley”, detalló Sierra, haciendo presente también pueden abrir los locales comerciales atendidos por sus propios dueños y familiares cercanos.

 

La trabajadora Lidia Alvarado valoró que se respete este derecho laboral, realizando un saludo y un llamado, “También quiero invitar a los empresarios que respeten este día feriado, que es legal para todos los trabajadores y también enviarles un saludo a todos los trabajadores en general, para celebrar el Día del Trabajador. Muchas felicidades a todos por su labor, que entregan cada día a las empresas”.

 

Por su parte, desde el local regional, su administrador, Mario Ojeda, se refirió al horario del establecimiento, cumpliendo la norma, “Por ser justamente feriado irrenunciable, mantendremos cerrado todo el día domingo 1 de mayo y el día sábado, normalmente cerramos a las 21:00 pero al ser feriado, cerraremos a las 19:45 justamente para dar las facilidades a nuestro personal que tiene turno de cierre, para que puedan salir anticipadamente. Junto con ello, quiero también invitar a toda la comunidad que, para hacer sus compras para el fin de semana, lo hagan viernes y sábado con la mayor antelación posible, para no andar aglomerado y compren tranquilamente todos los productos que andan buscando. Desde ya en nombre del Hiperpatagónico les deseamos muchas felicidades a todos los trabajadores de la región”.

Denuncias y Multas

La Dirección del Trabajo tendrá un programa especial de fiscalización de este feriado irrenunciable en el comercio, “Este año también vamos a tener un programa nacional de fiscalización, con nuestra línea telefónica 600 450 4000 donde los trabajadores pueden hacer sus denuncias, por el call center y también tenemos habilitado en el Portal MI DT, la denuncia online, es decir, con clave única, el trabajador ingresa y realiza su denuncia. Si tienen cualquier duda de esta información, también pueden escribirnos a la casilla regional upartesaysen@dt.gob.cl”, señaló Sierra.

 

Finalmente, la Directora regional del Trabajo, se refirió a las multas a las que se exponen los empleadores/as que no cumplan con esta normativa, “Las multas son bastantes altas porque son por cada trabajador que detectemos trabajando el feriado 1 de mayo. Lo que quiere decir si es una micro o pequeña empresa son 5 UTM, $278 mil por cada trabajador; si es una mediana, que va entre los 50 a 199 trabajadores, son 20 UTM, es decir, $1.100.000 aproximadamente; y si es una gran empresa, o sea, tiene más de 200 trabajadores, son 60 UTM, son más de $3.300.000 aproximadamente”.

 

En materia de jornada laboral, el Código del Trabajo establece diferentes derechos de los trabajadores/as del comercio, en cuanto poseen Feriados obligatorios e irrenunciables: Año Nuevo (1 de enero), Día del Trabajador (1 de mayo), Fiestas Patrias (18 y 19 de septiembre) y Navidad (25 de diciembre).