8 Seguro: Seremi de la Mujer y la Equidad de Género y Carabineros dan a conocer medidas de prevención y protección en casos de violencia de género

En el marco de las celebraciones de Fiestas Patrias que se avecinan, la seremi de la Mujer y la Equidad de Género, Isidora Gacitúa Goles, junto al jefe de la XI Zona de Carabineros Aysén, el general Eduardo Palma Fuentes, revisaron el catálogo de medidas concretas de la nueva Ley Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

A este punto de prensa, llevado a cabo en la 1era Comisaría de Coyhaique, asistieron también la seremi de Seguridad Pública, Ruth Vallejos Cuitiño, la directora regional del Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (SernamEG), Patricia Baeza Cabezas, y la directora regional de Fundación Prodemu, Ingrid Osorio Santana.

“La Ley Integral, luego de estar siete años en el Congreso, se pudo finalmente aprobar el año 2024. Ya llevamos más de un año desde su implementación, y esto ha sido tremendamente relevante porque lo que hace es fortalecer el rol del Estado para prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género. Hemos avanzado en definir ocho tipos de violencia, donde se incluyen no sólo la violencia física, la económica y la psicológica, sino también la gineco-obstétrica y la simbólica, por ejemplo”, señaló la seremi Isidora Gacitúa Goles.

Por su relevancia, este catálogo de derechos y garantías estará disponible en los próximos meses en las 100 Salas de Familia y en las 95 Oficinas de Violencia Intrafamiliar de Carabineros de Chile, y durante 2026 se distribuirá en todas las comisarías del país. Asimismo, podrá encontrarse en los 138 cuarteles de la PDI que cuentan con servicio de guardia.

En ese sentido, el general Eduardo Palma Fuentes indicó que “es muy importante el poder seguir haciendo fuerzas para disminuir las cifras tan lamentables que existen en torno a la violencia intrafamiliar y de género. Este catálogo, que viene a ser difundido en las comisarías, ojalá pueda llegar a todos los hogares de la región”.

La iniciativa se enmarca en la campaña nacional 2025 #UnaLeyEnNombreDeTodas, impulsada por el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género para difundir los alcances de la nueva Ley Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, los que se pueden conocer en la página web www.leyintegral.cl.

“Tenemos habilitados en todos los recintos policiales, tanto de Carabineros como de la PDI, funcionarios y funcionarias que van a acoger las denuncias de las mujeres, y de las personas que se vean afectadas por la violencia de género, sea como víctimas o como testigos. El llamado es a ayudarnos como comunidad, y combatir de manera conjunta la violencia de género”, dijo por su parte la seremi de Seguridad Pública.

Por último, la directora regional del SernamEG, Patricia Baeza Cabezas, reiteró los canales donde acudir en caso de ser víctima o testigo de violencia de género. “En este caso, los fonos de denuncia son 133 y 149 de Carabineros y el 134 de PDI. Para orientación, el fono 1455 de SernamEG estará disponible todos los días, incluidos festivos, de 08:00 a 24:00 horas, al igual que el WhatsApp +56 9 9700 7000”.

Catálogo de derechos y garantías procedimentales de las mujeres víctimas de violencia de género

  1. Contar con asistencia y representación judicial. El Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género, a requerimiento de las víctimas, podrá interponer acciones judiciales, asumir el patrocinio y representación de las mujeres víctimas de los hechos de violencia de género.
  1. No ser enjuiciadas, estigmatizadas, discriminadas ni cuestionadas en base a estereotipos de género, por su relato, conductas o estilo de vida.
  1. Obtener una respuesta oportuna, efectiva y debidamente fundada a sus denuncias o peticiones ante los órganos en que se efectúen.
  1. Ser oídas por el tribunal o el órgano administrativo que conozca del respectivo procedimiento al momento de adoptarse una decisión que las afecte.
  1. Recibir protección a través de las medidas contempladas en la legislación, cuando se encuentren amenazados o vulnerados sus derechos a la vida, integridad física o psíquica, indemnidad sexual o libertad personal, y solicitar medidas de protección para sus hijos o hijas o para las personas que se encuentren bajo su cuidado, cuando proceda.
  1. Recibir protección para sus datos personales y los de sus hijos o hijas, respecto de terceros, y de su intimidad, honor y seguridad, para lo cual el tribunal o el órgano administrativo que conozca del respectivo procedimiento dispondrá las medidas que sean pertinentes, a petición de parte.
  1. Participar en el procedimiento y recibir información clara, oportuna y completa. En particular, podrán obtener información personalmente, sin necesidad de requerirla a través de un abogado o una abogada.
  1. A ser informada sobre las medidas de reparación que puede solicitar en el proceso.

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