Negro futuro: Contraloría avaló destitución de funcionario por usar licencia para viajar al extranjero

  • El organismo rechazó los reclamos de un funcionario de la Defensoría Penal Pública, quien fue despedido tras utilizar una licencia médica para realizar un viaje internacional. La resolución refuerza la facultad de los servicios públicos para aplicar sanciones disciplinarias ante conductas que vulneren la probidad administrativa, incluso si la COMPIN o una ISAPRE no han invalidado formalmente la licencia. Este dictamen cobra relevancia en momentos en que decenas de sumarios administrativos comienzan a cursarse.



    En un dictamen fechado el 2 de octubre de 2012, la Contraloría General de la República respaldó la destitución de Pedro Alberto Casanueva Werlinger, funcionario de la Defensoría Penal Pública, quien fue sancionado tras utilizar una licencia médica para justificar ausencias laborales mientras realizaba un viaje previamente planificado fuera del país.

    El caso, que vuelve a cobrar vigencia en medio del debate por las licencias médicas fraudulentas en el sector público, fue objeto de revisión por parte del contralor de entonces, Ramiro Mendoza, quien concluyó que el proceso disciplinario se ajustó a derecho.

    En su presentación, la defensa del afectado alegó vicios procedimentales en el sumario, cuestionó la competencia del servicio para calificar el mal uso de la licencia y denunció desproporción en la sanción.

    Sin embargo, la Contraloría desestimó cada uno de los planteamientos. En primer lugar, descartó que la prórroga de la etapa indagatoria haya vulnerado el derecho a defensa. En segundo término, precisó que la falta de notificación de la resolución del recurso de reposición no constituye un vicio legal, ya que este tipo de actos son considerados actuaciones internas del procedimiento administrativo.

    Uno de los argumentos centrales de la defensa fue que la Defensoría Penal Pública no tenía competencia para calificar como indebido el uso de una licencia médica, tarea que corresponde a la COMPIN o a las ISAPRE. No obstante, la Contraloría distinguió entre la facultad sanitaria de esas entidades para invalidar el beneficio, y la potestad disciplinaria de los órganos públicos para sancionar incumplimientos de deberes funcionarios.

    En este caso, el hecho de haber viajado en conocimiento de que no podía usar feriados ni permisos, y haber encubierto esa decisión con una licencia médica, fue considerado una falta grave a la probidad.

    “La sanción expulsiva se aplicó no por el eventual mal uso clínico de la licencia, sino por la conducta deliberada y poco transparente del funcionario, incompatible con la ética y probidad que exige el cargo público”, sostuvo la entidad fiscalizadora.

    La resolución también cita jurisprudencia previa –dictámenes 72.692/2010, 21.038/2010, 42.372/2010, 48.369/2012 y 53.223/2012– para confirmar que en casos de infracción grave a la probidad, como el uso fraudulento de licencias, no corresponde ponderar circunstancias atenuantes, y que la autoridad tiene el deber de aplicar la sanción establecida por ley.

    Este dictamen refuerza los criterios de la Contraloría en momentos en que el país enfrenta una fuerte controversia por el uso de licencias médicas para viajes al extranjero por parte de miles de funcionarios públicos, revelación que derivó en sumarios masivos y anuncios de reformas legales para cerrar vacíos en la fiscalización.

    La decisión de la Contraloría en este caso reafirma que los servicios públicos no solo tienen el derecho, sino el deber, de sancionar a los funcionarios que “burlen” los principios de transparencia y probidad, aún cuando no se haya invalidado administrativamente la licencia médica. Un precedente clave que toma fuerza en medio de un nuevo escándalo de proporciones en que la única vía que tendría a nivel administrativo es el echarlos de sus funciones.

    Por Néstor Aburto.
    Fuente: biobiochile.cl