Almacenes y tiendas de conveniencia deberán contar con opción de botellas retornables.

En una gira por los locales comerciales de la ciudad de Coyhaique, el seremi del Medio Ambiente, Yoal Díaz, conversó con distintos locatarios sobre cómo avanza la implementación de la nueva etapa de la Ley N°21.368 que regula los productos y plásticos de un solo uso, y que desde el pasado 13 de agosto amplía la obligación de retornabilidad a almacenes y tiendas de conveniencia.

Comienza la implementación de retornabilidad en almacenes y tiendas de conveniencia, por lo tanto, tenemos que seguir fortaleciendo y trabajando, educando a la población, acompañando, y también poniendo en foco en que estos productos son mucho más económicos, más amigables con el medio ambiente, generan menos residuos y eso genera un impacto inmediato en el cuidado del medio ambiente”, destacó el Seremi del Medio Ambiente, invitando a todos y todas a volver al retornable.

Por su parte el dueño de la Panadería Stiebler de Coyhaique, Domingo Cofré, valoró la iniciativa que en su local ya estaba implementando hace un tiempo “la campaña se sumó a mi porque yo hace tiempo que tengo botellas retornables, para mí es un objetivo bien importante y es una lástima que poca gente se adhiera, espero que ahora se sumen más porque es una alternativa bastante positiva para la región” agregando que las empresas también cumplen un rol fundamental en la propuesta y promociones de valores atractivos y más accesibles para los retornables.

La medida, que para los supermercados comenzó a regir el año pasado, establece además que los locales comerciales deberán sensibilizar a los consumidores sobre la importancia de la retornabilidad de la botella, publicando en sus góndolas la obligación de ofrecer a la venta este formato.

“Nosotros nos sumamos desde el día uno y con mucho entusiasmo y entendemos que esta propuesta está en los términos en que todos debemos matricularnos, respecto de la ecología y el medio ambiente. Así que nuestra respuesta como Súper Almacén y la de nuestra gran familia de clientes ha sido muy positiva, aumentando con el tiempo, ya alrededor del 20% de nuestros clientes elijen esta opción”, declaró el administrador del Súper Almacén San José, Pablo Celis,

Ley de Plásticos

 

Según indicó la autoridad ambiental, la ley de plásticos busca prevenir la generación de residuos promoviendo el uso de los envases reutilizables y cambiando los hábitos de consumo para pasar de un modelo lineal de extraer-producir-consumir-botar a un modelo donde los productos y los materiales recirculan y se aprovechan durante el mayor tiempo posible. Para ello la Ley regula dos materias principales, la entrega de productos plásticos de un solo uso, considerando vasos, tazas, cubiertos, palillos, pocillos, mezcladores, bombillas, platos, copas, cajas o envases de comida preparada, bandejas, sachets e individuales en establecimientos de expendio de alimentos; y, la gestión de las botellas plásticas de bebestibles, tanto retornables como desechables.

En el caso de la entrega de productos de un solo uso por parte de establecimientos para el consumo de alimentos realizado al interior del establecimiento, la Ley prohíbe la entrega de productos de un solo uso, cualquiera sea su materialidad, mientras que, para el consumo realizado fuera del establecimiento, establece que estará permitida la entrega de productos desechables, siempre que estos sean de materiales valorizables distintos al plástico o que sean de plástico certificado.

 

Para esto la Ley crea la figura de los plásticos certificados, los cuales deberán estar compuestos total o parcialmente por materias producidas a partir de recursos renovables, junto con ser compostables a nivel domiciliario o industrial.

 

 

Vuelven los retornables

 

En términos de retornabilidad, la Ley establece que todos los comercializadores de bebestibles, definidos en la Ley como supermercados, almacenes y tiendas de conveniencia, deberán ofrecer y recibir de los consumidores botellas en formato retornable, tanto en su venta presencial como por medios electrónicos, agregando que el reglamento determinará el porcentaje de botellas de formato retornable disponibles en vitrina a la venta que deberán ofrecer los supermercados, el cual no podrá ser inferior al 30%, a partir del tercer año (agosto 2024) desde la publicación de la Ley.

 

Es importante indicar que estas obligaciones consideran las botellas plásticas de bebestibles para consumo humano que no contienen alcohol ni productos lácteos. Es decir, dentro de los bebestibles se encuentra el agua, las bebidas, los jugos, etc. Otros productos líquidos, como aceites o endulzantes, no se encuentran incluidos.