Estado no renovará contrato a honorarios a deudores de pensión de alimentos

Los funcionarios de planta y contrata ya enfrentan medidas coercitivas si no están al día en el pago de pensiones.


El Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género anunció que, dada la nueva ley sobre deudas de pensión de alimentos, la Contraloría General de la República dictaminó que los funcionarios públicos contratados a honorarios no podrán renovar su contrato si están en el registro de deudores.

Así, hombres y mujeres que «boletean» en servicios públicos «deberán autorizar a la institución respectiva para que retenga y pague directamente el monto de futuras pensiones o no podrán mantener vínculo laboral con el Estado».

Además, y a raíz de una pregunta en una publicación de Instagram, fue la propia ministra Antonia Orellana quien recordó que funcionarios de planta y contrata ya cuentan con una medida coercitiva sobre el particular.

«Para quienes son planta y contrata ya está la opción de la retención por planilla, además de que la nueva ley incluye el no poder subir de grado. Faltaba esto respecto al paso a contrata de honorarios», respondió la secretaria de Estado.

La ley, que entró en vigencia hace un año, contempla medidas progresivas para lograr el pago de las pensiones adeudadas, como la imposibilidad de renovar licencia de conducir o pasaporte, retención de la devolución de impuestos y hasta uso de fondos de pensiones para cancelar los montos impagos.

Según la estadística oficial, son cerca de 10 mil personas las que mensualmente se suman al registro de deudores, con una proporción de 9 hombres por cada 1 mujer.

Fuente: cooperativa.cl