SMA inicia procedimiento sancionatorio contra Salmones Yadrán  por sobreproducción en 4 centros de cultivo de Aysén 

La empresa utilizó la "autodenuncia", herramienta prevista en la Ley Orgánica de la Superintendencia, para reconocer el incumplimiento ambiental y realizar acciones correctivas que permitan volver al cumplimiento de la normativa. 

Utilizando la herramienta de autodenuncia -prevista en la Ley Orgánica de la SMA- la Salmonera Cultivos Yadrán comunicó a la SMA la sobreproducción ocurrida en 4 Centros de Engorda de Salmónidos (CES), todos ubicados en la región de Aysén. 

En específico, se trata del CES Isla Leucayec Sector 2 Sur-Este (se ubica en el Canal Costa de Quila de Isla Leucayec, Comuna de Guaitecas); CES Isla Jorge Sector 2 Nor-Weste (localizada en el Canal Bynon, al sur de Isla Jorge, sector 2 noreste, Comuna de Cisnes); CES Isla Melchor (716) Sector 3 Nor-Weste y CES Isla Melchor (719) Sector Nor-Weste, ambos ubicados en el Canal Ninualac, dentro del área correspondiente a la Reserva Nacional «Las Guaitecas». 

En todos los casos, las Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) permiten una producción de 4.900 toneladas por ciclo, salvo en el caso del CES Melchor 719 Nor-Weste, donde el máximo permitido es 2.970 toneladas. La empresa proporcionó información a la SMA en su autodenuncia, la que fue contrastada con exigencias de requerimientos de información y también con datos proporcionados por el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca). 

En el caso del CES Melchor 716 Sector 3, la sobreproducción en el ciclo 2019-2021 alcanzó las 275 toneladas, mientras que en el CES Melchor 719 Nor-Weste dicha sobreproducción alcanzó 1.175 toneladas en el mismo período. En el CES Leucayec, en el ciclo productivo que se extendió desde octubre de 2018 a abril de 2020, se obtuvo una sobreproducción de casi 2.000 toneladas. Respecto del CES Isla Jorge, entre diciembre de 2019 a mayo de 2021, la sobreproducción alcanzó las 950 toneladas. 

«Este procedimiento es importante, porque se inicia a partir de un proceso de regularización cuya iniciativa la tuvo la propia empresa al autodenunciarse. Para nuestra institución el uso de esta herramienta es de vital importancia, porque demuestra el interés de las empresas en volver al cumplimiento de sus obligaciones ambientales», explica el Superintendente del Medio Ambiente (S), Emanuel Ibarra. Sobre los cargos formulados, añade que «la sobreproducción tiene múltiples efectos en el medio ambiente, entre ellos un mayor aporte de materia orgánica e inorgánica en el área de sedimentación del centro, lo cual produce un aumento en el riesgo de escape de peces al medio marino con el peligro de depredación de ejemplares de fauna nativa, incrementa la probabilidad de propagación de enfermedades, aumenta la disponibilidad de fármacos en el medio marino, disminuye la disponibilidad de oxígeno disuelto en la columna de agua y disminuye el flujo de agua en el sector de emplazamiento del centro, entre otros aspectos». 

En todos los casos, la infracción se clasifica como grave. Por ley, estas podrán ser objeto de revocación de la resolución de calificación ambiental, clausura, o multa de hasta 5.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA). En este caso, al ser 4 CES con la misma infracción, la multa máxima podría llegar a 20.000 UTA. 

En este procedimiento, al presentarse la autodenuncia, la empresa debe presentar un Programa de Cumplimiento, con el objeto de adoptar medidas destinadas a propender al cumplimiento satisfactorio de la normativa ambiental infringida. En el caso que éste sea aprobado y debidamente ejecutado, la empresa se eximirá del monto de la multa por haberse autodenunciado.